Aprovechando esta tarde de "chispeo" quiero compartir con vosotros y vosotras, scouts, algunos documentos que me he ido encontrando y que considero fundamentales para enriquecer la historia del Escultismo en la Región de Murcia.
Se trata de la inscripción de la Asociación de Escultismo de la Región de Murcia, AERM, en el registro de Asociaciones del Gobierno Civil de Murcia, tanto de sus primeros Estatutos, como otros presentados posteriormente, y que enriquecen los primeros.
Como se verá a continuación: Los primeros Estatutos, los fundacionales, fueron inscritos en el Registro el año 1978, y los segundos, los reformados, el año 1981.
También podremos ver los Grupos que en un principio la aprueban y constituyen mediante votación nominal y secreta en la Asamblea Constituyente de la asociación celebrada en Espinardo, según Certificado expedido por Roberto Bañón en calidad de Secretario extraordinario, con fecha 9 de octubre de 1977.
Finalmente comprobaremos el espíritu scout que nos movía al crear esta nueva asociación/federación de Grupos scouts con carácter regional al leer parte del Artº 2 de los Estatutos aprobados por las Asambleas Generales Extraordinarias de 25 de mayo de 1980 y 18-19 de Octubre de ese mismo año.
Consideramos que con estos valiosos documentos, ya históricos, queda aclarada las fechas y otros datos de la fundación de la AERM, un granito más de arena con el que queremos contribuir la enriquecer la Historia del Escultismo en la Región de Murcia.
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domingo, 30 de noviembre de 2014
lunes, 10 de noviembre de 2014
¿DÓNDE ESTÁ EL "DURMIENTE" DE SIERRA ESPUÑA? TODO UN MISTERIO POR DESCUBRIR...
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| Fuente Rubeos, Sierra Espuña, en la actualidad. Según la ve Lechuza al acecho. |
- La escultura de un joven scout lleva casi 75 años enterrada en paradero desconocido
- ANTONIO BOTÍAS CRONISTA OFICIAL DE MURCIA
9 noviembre
2014
Al pequeño
scout Mariano Serrano lo enterraron dos veces. La primera, tras fallecer de un
desventurado accidente mientras jugaba al fútbol con sus amigos. Apenas contaba
siete años de edad. Y la segunda, para nuevo desconsuelo de sus padres, cuando
el dictador Franco ordenó que se confiscaran los símbolos de los exploradores.
Uno de ellos era la espléndida escultura que honraba la memoria del niño y
engalanaba un paraje en Sierra Espuña.
Para evitar
su destrucción, la pieza fue sepultada en un lugar secreto. Los cinco
exploradores que la escondieron juraron que nunca revelarían el paradero.
Todos, hasta la muerte, cumplieron su palabra. Desde entonces lo conocen como
'El Durmiente'. Y lleva casi 75 años soñando con ser recuperado.
Mariano
Serrano Mena falleció el 6 de julio de 1928 en Águilas. Era guía de patrulla
-esto es, el líder y hermano mayor- de un grupo llamado 'El lobo'. Como recordó
José María López en su obra 'Los Exploradores Murcianos 1913-1940', el niño era
&ldquouno de los mejores [scouts] de España y del mundo
escultista&rdquo. Su pérdida fue tan sentida que pronto se propuso erigir
un monumento en su recuerdo.
Todos los
diarios murcianos se hicieron eco el 18 de julio de 1930 de la Gran Semana que
celebrarían los exploradores. Los actos previstos incluían varias misas,
conferencias, sesiones de cine patrocinadas por «la acreditada Casa Iniesta» y
actuaciones de la Banda de la Misericordia, encargada cada día de tocar la
diana y la retreta del campamento mientras se izara o arriara la bandera.
La
inauguración de la escultura se anunció para el día 24 de julio. El diario 'El
Tiempo' recordó entonces que hacía dos años desde el fallecimiento del joven
por «un accidente de fútbol ocurrido entre juego de niños». El redactor
recordaba que los exploradores iniciaron la colecta para erigir en su memoria
una escultura y el escultor Nicolás Martínez Ramón «supo plasmar magistralmente
la idea».
El rotativo
incluía una referencia sobre la ubicación de la pieza: «El monumento ha sido
colocado en el sitio que arranca la empinada senda que conduce al campamento de
Águilas, entre la frondosidad de más soberbios pinos».
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| Recreación realizada por Alonso Rubio de cómo debía estar la talla cerca de Fuente Rubeos. |
La
presentación de la obra fue precedida por una misa de campaña, tras la cual se
retiró la bandera que cubría el busto mientras sonaban los acordes del himno de
los exploradores. Otra de las piezas que se interpretó, a violín, fue la
canción 'Yo tenía un camarada'. El discurso quedó a cargo de Juan Antonio
Dimas, jefe de la Tropa de Madrid. Celebrado el desfile, cuatro jóvenes
quedaron de guardia de honor junto al monumento, que había sido adornado con
macetas y flores traídas desde Águilas. Entre los asistentes ilustres se
encontraba Isidoro de la Cierva.
La escultura
representaba al joven ataviado con el blusón de explorador y mantenía entre sus
manos la bandera. El lugar elegido para colocarla no es desconocido, pues aún
se conserva allí la base original. Está en un bosque de pinos situado encima de
Fuente Rubeos, cerca del Centro de Interpretación Ricardo Codorniú.
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| Exploradores Agrupación de Cieza en Espuña, 1916 |
Prohibición
franquista
Durante diez
años pudo admirarse esta obra, que pronto se convirtió en un símbolo del mundo
scout en la Región. Hasta que una orden fechada el 22 de abril de 1940
estableció «la suspensión de actividades de la Asociación Nacional de los
Exploradores de España». Eran, en opinión de Franco, una escuela de masonería.
Hasta 1974 se mantuvo el movimiento proscrito, aunque ya a finales de los años
50 se consintió bajo la tutela de la Iglesia.
La
destrucción de los símbolos del movimiento incluía la escultura de Mariano
Serrano. Por fortuna, alguien dio el aviso a tiempo y un grupo de cinco scouts
subieron al monte, desmontaron la pieza y la enterraron envuelta en sacos y
mantas. Allí mismo pronunciaron el juramento de guardar hasta la tumba su
secreto. La muerte prematura de uno de ellos animó al resto a respetar la
promesa. Y así fue, aunque el último superviviente ofreció algunas pistas sobre
la ubicación al revelar que fue sepultada junto a tres grandes pinos con nombre
scout. Dos de ellos eran 'lobo rojo' y 'lobo negro'.
La
Federación de Asociaciones de Scouts de Murcia se propuso recuperar esta
escultura para devolverla a su vacío pedestal y conmemorar así el centenario de
la institución. De momento, continúan los trabajos. Mientras tanto, en unos
días la ciudad erigirá otra escultura en el jardín de la Seda como homenaje al
escultismo. También representa a un joven cargado con la típica mochila y en
movimiento. Como si se dispusiera a correr hasta Espuña para recuperar el busto
perdido del recordado Mariano.
Fuente: La Verdad de Murcia.
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| Foto original del Durmiente de Sierra Espuña, Explorador Mariano Serrano de la Agrupación de Águilas. |
miércoles, 27 de noviembre de 2013
IMPRESCINDIBLE PARA LOS TIEMPOS QUE CORREN: DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS
ALGUNAS CONSIDERACIONES PREVIAS:
En el año 1946 el Consejo Económico y Social de la ONU creó una comisión redactora presidida por Eleanor Roosevelt para dar contenidos y forma a la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Tras más de 1.400 votaciones, la Asamblea General de la ONU reunida en el Palacio de Chaillot de París la aprobó el día 10 de diciembre de 1948 (Resolución 217 A (III).
PREÁMBULO
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;
Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;
Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y
Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;
LA ASAMBLEA GENERAL proclama la presente DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
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| Asamblea General de la ONU aprobando la DDHH, el día 10 de diciembre de 1948 |
Artículo 1.
- Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2.
- Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
- Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
Artículo 3.
- Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4.
- Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Artículo 5.
- Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 6.
- Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7.
- Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Artículo 8.
- Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
Artículo 9.
- Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10.
- Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
Artículo 11.
- 1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
- 2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
Artículo 12.
- Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
Artículo 13.
- 1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
- 2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
Artículo 14.
- 1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
- 2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 15.
- 1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
- 2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
Artículo 16.
- 1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
- 2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
- 3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
Artículo 17.
- 1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
- 2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
Artículo 18.
- Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Artículo 19.
- Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Artículo 20.
- 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
- 2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
Artículo 21.
- 1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
- 2. Toda persona tiene el derecho de accceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
- 3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
Artículo 22.
- Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 23.
- 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
- 2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
- 3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
- 4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Artículo 24.
- Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
Artículo 25.
- 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
- 2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
Artículo 26.
- 1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
- 2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
- 3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
Artículo 27.
- 1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
- 2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
Artículo 28.
- Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
Artículo 29.
- 1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
- 2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
- 3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 30.
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| Eleanor Roolsevelt mostrando la DDHH aprobada. |
- Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
Sección de Servicios de Internet | Departamento de
Información Pública de las Naciones Unidas © 2012
jueves, 14 de noviembre de 2013
CON RELACIÓN AL ESCULTISMO MIXTO EN LA HISTORIA DEL ESCULTISMO MURCIANO.
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| Niñas del Grupo de Espinardo. |
Parto del principio de que yo
viví el Escultismo de forma activa desde septiembre de 1969 hasta mediados de
los años ochenta, aunque después mantuve contacto continuado a través de
participar en campamentos scout como labor de apoyo e interesándome por el
desarrollo del mundo scout pero desde afuera. Por lo tanto viví un tiempo en el
escultismo que, sin desmerecer a otras etapas anteriores o posteriores, fueron
unos años llenos e intensos de trabajo, estudio, profundización y desde todos
los niveles, desde el Grupo Scouts ( en mi caso Grupo de Espinardo y San
Nicolás), Zona ( en aquel tiempo Zona VI de la ANEDE), Equipo de Formación
Nacional ( en aquel tiempo de la ANEDE) y luego también con diferentes misiones
en la AERM (Asociación de Escultismo de la Región Murciana) y ya por los años
siguientes como apoyo en los Campamentos del Grupo Scout de Espinardo.
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| Niñas indias, lobatas del Grupo Espinardo y San Nicolás. |
Mucho se podría de recordar y
hablar, pero con relación al Escultismo Mixto, quiero recordar una serie de
cosas y, como no acostumbro a guardar documentos, pues intentaré hacer
recordatorio de mi mala memoria sobre cómo se introdujo en nuestra Región y en
nuestros Grupos esta nueva forma de hacer escultismo para personas.
Me viene a mi memoria la creación
de aquella Manada femenina que se hizo en Espinardo, llamada Amanecer, cuyo
Akela quiero recordar que era un servidor y Baloo y Bagheera Pepa e Isabel
María. Creo que fue antes de empezar con la coeducación.
Desde un primer momento, siempre
mantuvimos un contacto continuo e íntimo con las mujeres que formaban la
Asociación de Guías de España en Murcia, empezando con la gran suerte de
conocer a Da. Mercedes, alma de aquella Asociación , mujer abierta, con
carácter, moderna, con ideas claras y con valor, con mucho valor y una
generosidad infinita. Contactos, divertimentos, salidas, reuniones, conversaciones,
fiestas /guateques, excursiones… nos fuimos conociendo y hablando…, hasta que
llegó el momento de hablar y de decidir el empezar el Escultismo coeducacional
en nuestra Región.
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| Campamento "mixto", en Mesones, Río Mundo, mediados años 70, Grupo Scout de Espinardo y niñas valencianas. |
No era un camino de rosas y no
por mala idea de nadie, ya que entiendo que el personal trabajaba honradamente,
pero la realidad era otra que nos habían ido metiendo a través de los años.
Sirva de ejemplo que en 1975 los Colegios Público eran diferenciados por sexos
y en el colegio donde trabajaba, mi clase fue, por circunstancias era de niños
y niñas, pero a la hora de salir al recreo…”los niños con los niños y las niñas
con las niñas…”.
No solamente no se veía claro en
Murcia, sino que a nivel de Asociación en Madrid teníamos una serie de
problemas y una vez más, la España pobre, la España del más al Sur de Madrid,
tuvimos que unirnos para ir convenciendo a estas personas para llegar a lo que
fue normal, el escultismo para personas. Puede pensarse que en el Jamboree de
1974 en Noruega, solamente participaban chicos y prácticamente era una realidad
a nivel mundial.
Poco a poco la normalidad fue
llegando a nuestros Grupos y la integración de las chicas e, incluso la
Asociación de Guías, se fue uniendo y disolviendo en pro del nuevo fenómeno
coeducacional que se estabas dando en la gran mayoría de Grupos Scouts.
Hoy por hoy sería impensable el
volver a hacer asociaciones scouts de sólo chicos o chicas, pero ese
pensamiento es el resultado de un trabajo realizado por un grupo de
“iluminados” que pensaban en “personas” y la generosidad de aquellas personas
mayores que dirigían las Grupos Scouts y confiaron en la propuesta de aquellos
jovenzuelos peludos y barbudos que proponían el dar ese paso en aquellos años.
Entiendo que en la actualidad, si
conociera lo que se hace en algunos Grupos, que la actividades que hacen con
normalidad los mismos, a lo mejor me costaría trabajo entenderlos, pero sigo
entendiendo que hay que ser generosos y confiar en el buen hacer de los jóvenes
y las jóvenes que hoy por hoy le toca llevar las riendas de la marcha de los
distintos Grupos Scouts.
En la ciudad “cuasi Santa” de
Caravaca de la Cruz a catorce de noviembre del año de gracia de dos mil catorce
de la era de Xtº.
José Clemente Rubio Garcia
Canguro Veloz
martes, 15 de octubre de 2013
LOS EXPLORADORES DE LA REGIÓN DE MURCIA YA TIENEN SU PARQUE EN SANTA ANA DE CARTAGENA.
La mayor zona verde del municipio se dedica a la memoria del movimiento juvenil, que hace cien años inició su andadura regional en Cartagena
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| Alcaldesa de Cartagena y Presidente de Exploradores de Murcia, con su hijo, contemplan el monolito conmemorativo. |
El acto contó con la la asistencia de la alcaldesa, Pilar Barreiro, y el presidente de la Federación Scout de Murcia, José Antonio Nieto, junto a otros miembros de la corporación municipal, como los concejales de Juventud, Ruth Collado, de Atención Social, Antonio Calderón, y de Distrito, Alonso Gómez, coordinadores y miembros de grupos scout y vecinos del Residencial.
El centenar de asistentes escuchó las palabras de bienvenida de la alcaldesa, quién destacó los méritos de los scouts, que durante un siglo han venido formando a los jóvenes en valores de compromiso y respeto con la naturaleza.
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| Los jóvenes scouts participantes en el acto, con su presidente. |
Tras la lectura del acuerdo de nominación, adoptado unánimamente por la Corporación Municipal el pasado 3 de junio, se descubrió un monolito de piedra caliza, donde en su anverso figuraba la placa protocolaria con el nombre de la plaza, y en su reverso, el escudo de los exploradores junto a otra placa conmemorativa del centenario del nacimiento scout en Cartagena y la Región de Murcia.
El encargado de cerrar el acto fue el presidente regional de los exploradores, quien agradeció el homenaje, que convierte al Polígono de Santa Ana en uno de los lugares destacados del movimiento scout, ya que en él, en su parque, tiene su sede un grupo y se realizan acampadas de carácter regional, a lo que hay que sumar, según Nieto, la plaza dedicada hace unos años al fundador de los exploradores Baden Powell.
La nominación del Parque de los Exploradores de la Región de Murcia se inició a principios de este año con el correspondiente trámite de honores y distinciones municipales. En su decreto de incoacción la Alcaldía ponía de manifiesto el carácter educativo, civil, pluriconfesional y de ideología independiente de los exploradores de la Región de Murcia, formada por más de 3.000 miembros, y cuyo objetivo principal es la formación íntegral de niños y jóvenes de entre 6 y 21 años, con un sistema de autoeducación, con asunción de responsabilidades y retos personales.
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| Alonso, posando junto a dos amigos scouts de Cartagena, ante el monolito conmemorativo. |
Los cien años de historia de los scout en la Región dieron comienzo en febrero de 1913, fecha en la que quedó constituido el Comité local de los Exploradores de España en la Ciudad de Cartagena y desde aquí se extendió a otras localidades de la Región.
Vídeo institucional del acto, para verlo pinchar el siguiente enlace:
http://www.youtube.com/watch?v=GvjgBeBXUf4&feature=player_embedded
Fuente: Web del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena.
sábado, 28 de septiembre de 2013
1º ENCUENTRO DE CONVIVENCIA PARA CELEBRAR EL 60º ANIVERSARIO DE LA ASGF-AISG. INVITACIÓN.
Con motivo de este acontecimiento, hemos preparado un encuentro el 12 y 13 de octubre en El Campello (Alicante), en unas magníficas instalaciones residenciales rodeadas de pinos en donde poder celebrar este aniversario, dar a conocer mejor nuestra identidad y naturaleza como scouts/guías adultos, reafirmar nuestro compromiso como parte del Movimiento Scout y estrechar lazos de amistad entre nosotros. Puedes encontrar el resto de la información (programa, precios, como ir, etc.) solicitándola a: anticscoutsalacant@gmail.com
A través del FB hemos recibido la invitación a participar en el mencionado evento, cosa que estaríamos encantados. Ahora solo nos falta que nos animemos y vayamos hasta el Campello, lugar en donde se va a celebrar la fiesta scout. A continuación tenéis la invitación que nos ha llegado:
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| Nuestros amigos scouts de Alicante. |
"INVITACION
INVITAMOS A LAS ASOCIACIONES, GRUPOS, PATRULLAS, CLANES etc. DE SCOUTS ADULTOS Y ANTIGUOS SCOUTS ( DE LA COMUNIDAD VALENCIANA ESPECIALMENTE ) Y A TODOS AQUELLOS ANTIGUOS SCOUTS QUE LES GUSTARIA ASISTIR AL PRIMER ENCUENTRO DE CONVIVENCIA DE ESCULTISMO PARA ADULTOS EN LA COMUNIDAD VALENCIANA, Y CELEBRAR EL 60º ANIVERSARIO DE ISGF-AISG ( la federación mundial de escultismo adulto)"
Para llegar:
Y para contactar con los Antiguos Scouts de Alicante solo tenéis que pinchar el siguiente enlace a su FB: https://www.facebook.com/pages/Antics-Scouts-dAlacantAntiguos-Scouts-de-Alicante/526972757331898
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